REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA






PODER JUDICIAL
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE
MEDIACIÓN, SUSTANCIACIÓN, EJECUCIÓN Y RÉGIMEN TRANSITORIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO AMAZONAS
Puerto Ayacucho, 21 de enero de 2.015
204° y 155°

AUTORIZACION


El suscrito abogado MARIO ALBERTO MARCANO ESCOBAR, Juez del Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y Régimen Transitorio del circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Amazonas, por medio de la presente, autorizo a la ciudadana BEATRIZ GAID ALVAREZ CAMICO venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° -V- 8.900.017, en su condición de representante legal de la niña (Identidad omitida, de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley Especial), de siete (07) años de edad, para que retire la beca estudiantil, que le corresponde a la referida niña; retiro este que le deberá realizar del Banco de Venezuela.


Autorización que se expide a solicitud de parte interesada, a los veintiún (21) días del mes de enero del año 2015, en la ciudad de Puerto Ayacucho, Estado Amazonas.
EL JUEZ


Abg. MARIO ALBERTO MARCANO ESCOBAR.




Exp. N° JMS1-4023
MAME/JJCB/Maiker

Av. Orinoco, cruce con calle Piar, edificio San José-Piso N° 01.
(Telf. 0248-521-05-41) Puerto Ayacucho del Estado Amazonas