REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA




PODER JUDICIAL
JUZGADO DE MEDIACIÓN, SUSTANCIACIÓN, EJECUCUIÓN Y RÉGIMEN TRANSITORIO DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DEL CURCUITO JUDICIAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL
DEL ESTADO AMAZONAS


ASUNTO: JMS1-2076

ACTA DE AUDIENCIA PRELIMINAR

En horas de despacho del día de hoy, Dos (02) de Febrero del año 2015, siendo las 10:30 a.m., oportunidad procesal para que tenga lugar la Fase de Mediación de la Audiencia Preliminar, se lleva en el asunto: JMS1-2076, se deja expresa constancia que se anuncio el acto a las puertas del Tribunal, dejándose transcurrir un lapso de 15 minutos, se constató la incomparecencia de la parte acciónante, ciudadana GLENYS MERCEDES CASTILLO CHIRINOS, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro.- V.-10.923.474 y de la presencia del ciudadano OMAR ENRIQUE CARDENAS HERNANDEZ venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nro.- V.-12.173.775, razón por la cual de conformidad con lo previsto en el contenido del artículo 472 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, este Juzgado de Mediación, Sustanciación, Ejecución y con competencia en el Régimen Procesal Transitorio, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara DESISTIDO el procedimiento y terminado el proceso. Publíquese, regístrese y agréguese al expediente la presente decisión. Cúmplase.-
EL JUEZ,


Abg. MARIO ALBERTO MARCANO ESCOBAR.


EL ACCIONADO


EL SECRETARIO,


Abg. JUAN JOSUÉ CONTRERAS BERMUDEZ.




ASUNTO: JMS1-2076
MAME/JJC/karelis