REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN, SUSTANCIACIÓN, EJECUCIÓN Y RÉGIMEN TRANSITORIO DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO AMAZONAS
Puerto Ayacucho, cinco (05) de febrero de 2015
204° y 155°
AUTORIZACION
Quien suscribe, Abogado MARIO ALBERTO MARCANO ESCOBAR, actuando en mi condición de Juez Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Amazonas, por medio de la presente AUTORIZO, al ciudadano WILFREDO AUGUSTO BARRIOS RUIZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-8.856.668, para que gestione todo lo conducente al cobro de los beneficios de la Misión Hijos de Venezuela, que le correspondan a los hermanos (Identidad omitida, de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley Especial), nueve (09), seis (06), tres (03) y un (01) año de edad respectivamente, por ser Herederos de la de cujus MARITZA MAGDALENA BARRIOS LOPEZ, quien fuera, venezolana, mayor de edad y titular de la cedula de identidad N° V-18.835.231, y falleciera Ab-Intestato. En tal sentido, deberán remitir a la sede de este Despacho la alícuota parte de los beneficiarios mediante cheque no endosable a nombre de los hermanos antes indicados, haciendo mención a la solicitud Nº SOL-JMS1- 4198, a los fines pertinentes. Todo ello, en virtud de lo contemplado en los artículos 517 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en concordancia con lo previsto en el artículo 267 del Código Civil Venezolano vigente.
Autorización Judicial que se expide a los cinco (05) días del mes de febrero del año 2.015, previa solicitud de parte interesada. Año 204° de la Independencia y 155° de la Federación.
EL JUEZ
ABG. MARIO ALBERTO MAR CANO ESCOBAR.
EXP. Nº SOL-JMS1 – 4198 (A.J)
MAM/JJC//MMaiker
Av. Orinoco, cruce con calle Piar, Edif. San José, Piso 01, Puerto Ayacucho,
Estado Amazonas. Telf-Fax: (0248 521.05.41).
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