REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA




PODER JUDICIAL
JUZGADO DE MEDIACIÓN, SUSTANCIACIÓN, EJECUCUIÓN Y RÉGIMEN TRANSITORIO DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DEL CURCUITO JUDICIAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL
DEL ESTADO AMAZONAS


ASUNTO: JMS1-1908.-

ACTA DE AUDIENCIA PRELIMINAR
En horas de despacho del día de hoy, Cuatro (04) de Mayo del año 2015, siendo las 08:30 a.m., oportunidad procesal para que tenga lugar la Fase de Mediación de la Audiencia Preliminar, en el juicio que por Extinción de Obligación de Manutención se lleva en el asunto: JMS1-1908.-, se deja expresa constancia que se anuncio el acto a las puertas del Tribunal, luego de haber esperado diez (10) minutos y de realizar llamada telefónica a las partes, por los números aportados en el libelo de la demanda, siendo infructuoso el resultado, se constató la incomparecencia de las partes del proceso ciudadanos: WOLFRAN EDUARDO ACOSTA RODRIGUEZ, KATHERIN DUYARI ACOSTA VASQUEZ, ALISMAR KATHERINA ACOSTA VASQUEZ Y CARLOS EDUARDO ACOSTA VASQUEZ, venezolanos, mayores de edad, y titulares de la cédulas de identidad Nros. V.-8.948.534, V-18.506.264, V-18.506.265 y V-20.019.982 respectivamente. En tal sentido; de conformidad con lo previsto en el contenido del artículo 472 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, este Juzgado de Mediación, Sustanciación, Ejecución y con competencia en el Régimen Procesal Transitorio, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara DESISTIDO el procedimiento y terminado el proceso. Publíquese, regístrese y agréguese al expediente la presente decisión. Cúmplase.-
EL JUEZ,


Abg. MARIO ALBERTO MARCANO ESCOBAR

EL SECRETARIO



Abg. JUAN JOSUE CONTRERAS BERMÚDEZ.






ASUNTO: JMS1-1908
MAM/JJC/José S.