REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA





PODER JUDICIAL
JUZGADO DE MEDIACIÓN, SUSTANCIACIÓN, EJECUCUIÓN Y RÉGIMEN TRANSITORIO DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DEL CURCUITO JUDICIAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO AMAZONAS
Puerto Ayacucho, ocho (08) de Mayo de 2015
205° y 156°
ASUNTO: JMS1-2197

ACTA DE AUDIENCIA PRELIMINAR

En horas de despacho del día de hoy, siendo las 09:30 a.m., oportunidad procesal para que tenga lugar la Fase de Mediación de la Audiencia Preliminar, se lleva en el asunto: JMS1-2197, se deja expresa constancia que se anuncio el acto a las puertas del Tribunal, dejándose transcurrir un lapso de 15 minutos, se constató la incomparecencia de la parte acciónante, ciudadana MARIA MILAGROS LOPEZ GUERRA, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nro. V-13.811.128 y de la presencia del ciudadano ALEJANDRO GALLETTI ALVES, venezolano, mayor de edad y titular de la cedula de identidad Nº V-25.054.002, debidamente asistido por el abg. JOSÉ ANTONIO GONZÁLEZ, venezolano, mayor de edad y titular de la cedula de identidad Nº V-13.017.0725, e inscrito en el inpreabogado bajo el Nº 227.452, razón por la cual de conformidad con lo previsto en el contenido del artículo 472 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, este Juzgado de Mediación, Sustanciación, Ejecución y con competencia en el Régimen Procesal Transitorio, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara DESISTIDO el procedimiento y terminado el proceso. Publíquese, regístrese y agréguese al expediente la presente decisión. Cúmplase.-
EL JUEZ,


Abg. MARIO ALBERTO MARCANO ESCOBAR.
EL ACCIONADO



ABG. ASISTENTE
EL SECRETARIO,


Abg. JUAN JOSUÉ CONTRERAS BERMUDEZ.
ASUNTO: JMS1-2197
MAME/JJC/karelis