REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL,
MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL
ESTADO AMAZONAS
Puerto Ayacucho, 17 de septiembre de 2015
205° y 156°
Vista la diligencia presentada por el abogado JESUS RODRIGUEZ CEDEÑO, inscrito en el Inpreaboagado bajo el N° 183.630, en su carácter apoderado judicial del ciudadano CARLOS JOSE OROPEZA ARIAS, titular de la cédula de identidad N° V-18.266.511, parte accionada en la presente causa, mediante la cual manifiesta que “No convenimos en el desistimiento propuesto por el abogado del ciudadano Daniel Barrios”, este Tribunal niega la homologación del medio de auto composición procesal presentado, el día 05-08-2015, por el abogado CARLOS RAUL ZAMORA VERA, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 29.492, en su carácter de apoderado judicial de la parte actora, de conformidad con el artículo 265 del Código de Procedimiento Civil, así se decide.
El Juez Titular,
MIGUEL ÁNGEL FERNÁNDEZ LÓPEZ
La Secretaria Temporal,
DARLY PATRICIA GUERRA
Exp. N° 2015-7028
MAFL/DPG/Leonardo