REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS ATURES Y AUTANA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL
DEL ESTADO AMAZONAS
Puerto Ayacucho, 29 de julio de 2016
206° y 157°
Visto el informe pericial presentado por el Ingeniero DAVID ORTIZ, práctico designado por este Tribunal en la operación de deslinde realizada en fecha 18 de julio de 2016, mediante el cual se establecieron los puntos por los que, a juicio de las partes intervinientes, deben pasar las líneas divisorias, fijándose las mismas de la siguiente manera: PRIMERA LINEA: Partiendo del PUNTO 1, colindante con el terreno ocupado por el ciudadano ROBERTO GARCIA, al PUNTO 2, con dirección Norte rumbo hacia el Este: DIECIOCHO CON OCHENTA METROS LINEALES (18,80 ML). SEGUNDA LINEA: Partiendo del PUNTO 2, colindante con el terreno ocupado por la ciudadana MARIA HERMINIA PONCE LAY, al PUNTO 3, con trayectoria Norte rumbo hacia el Este: TREINTA Y TRES CON CINCUENTA Y CUATRO METROS LINEALES (33,54 ML).
En consecuencia, se declaran firme los linderos antes mencionados, en virtud de que no hubo oposición por parte de los ciudadanos ROBERTO GARCIA Y MARIA HERMINIA PONCE LAY, plenamente identificados en actas, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 724 del Código de Procedimiento Civil. Así se decide.
Se ordena expedir copia certificada del presente auto, copia certificada del acta de fecha 18 de julio de 2016, así como también certificación del informe pericial presentado en fecha 27/07/2016, a cada una de las partes, a los efectos de que protocolicen por ante el Registro competente, dichas documentales. Cúmplase.
El Juez Provisorio,
Elvis Alberto Trabanca
La Secretaria,
Cely Menare Viera
Expediente Nº 2016-2456
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