REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL



REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL
Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL
ESTADO AMAZONAS
Puerto Ayacucho, 28 de junio de 2016
206° y 157°
CUADERNO DE MEDIDAS
Por cuanto en el expediente número 2016-7052, contentivo de juicio por el procedimiento por intimación incoado por el profesional del derecho JOSE RAFAEL VARON, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 123.604, actuando en su carácter de endosatario en procuración al cobro de una (01) letra de cambio por la suma de un millón quinientos mil bolívares (Bs. 1.500.000,00), emitida a la orden del ciudadano PASCUAL IBAR SILVA FUENTES, titular de la cédula de identidad N° V-16.766.191, y aceptada en la fecha de su emisión para ser cancelada a su vencimiento en esta ciudad sin aviso y sin protesto por el ciudadano ALEJANDRO CESAR SANGUINETTI BARRIOS, titular de la cédula de identidad N° V-20.019.094, el actor solicitó se decrete medida de embargo preventiva sobre bienes propiedad del demandado, hasta cubrir el doble de la suma demandada, mas los costos y costas que se generen en el presente juicio, este Tribunal apertura el presente cuaderno de medidas, y a los efectos de pronunciarse respecto a la procedencia de las mismas advierte:
Cumplidos los requisitos exigidos por el artículo 646 del Código de Procedimiento Civil, este Tribunal decreta medida precautelativa de embargo sobre bienes propiedad del demandado, ALEJANDRO CESAR SANGUINETTI BARRIOS, domiciliado en la Urbanización Andrés Eloy Blanco, detrás de la Iglesia Evangélica Luz del Mundo, de esta ciudad de Puerto Ayacucho, estado Amazonas, hasta cubrir un total de UN MILLON NOVECIENTOS CINCO MIL DOSCIENTOS CINCUENTA BOLÍVARES (BS. 1.905.250,00), sí recae sobre dinero en efectivo, o por el doble de esta cantidad, sí recae sobre bienes muebles.
A los efectos de practicar la medida cautelar decretada, se ordena comisionar al Tribunal de los Municipios Atures y Autana de la Circunscripción Judicial del estado Amazonas. Líbrese oficio. Cúmplase.
La Jueza,

ABOG. MERCEDES HERNANDEZ La Secretaria,


GLORIA ISABEL GUARUYA




Exp. Nº 2016-7052
Delia