REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Amazonas
Puerto Ayacucho, 21 de Febrero de 2017
206° y 157°

ASUNTO PRINCIPAL: XP11-L-2016-000015

IDENTIFICACION DE LAS PARTES:

PARTE ACTORA: Ciudadana CARMEN MARIA TRABACILO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-10.922.085, domiciliada en el Barrio Ojo de Agua, casa S/N, calle N° 3, por la entrada de la Bodega Mi Caballo, a dos (02) del Señor Juvenal, Atures, estado Amazonas.

ABOGADO ASISTENTE DE LA PARTE ACTORA: Abogado VICENTE DE JESUS VIRGUEZ RODRIGUEZ, inscrito en el IPSA bajo el N° 157.271.

PARTE DEMANDADA: Ciudadano MIGUEL ALFONSO JOSE LORETO HERNANDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-9.921.959, de este domicilio.

ABOGADO ASISTENTE DE LA PARTE DEMANDADA: Abogado FREDDY JOSE GUEVARA MORALES, inscrito en el IPSA bajo el N° 26.958.

SENTENCIA: INTERLOCUTORIA CON FUERZA DEFINITIVA (DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO)


En el día de hoy, martes 21 de Febrero de 2017, siendo las 9:30 am, oportunidad de fijada para que tenga lugar la celebración de la prolongación de la audiencia preliminar en la presente causa, que cursa ante este Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Amazonas, con sede en la ciudad de Puerto Ayacucho. Se anunció el acto a las puertas de la sala de espera de la Coordinación del Trabajo de esta Circunscripción judicial, por parte del alguacil José Díaz, en voz alta: “La ciudadana Jueza ordenó verificar la asistencia de las partes””, se hizo constar que no compareció la ciudadana CARMEN MARIA TRABACILO, titular de la cédula de identidad N° V-10.922.085, parte demandante, ni por sí, ni por medio de apoderado judicial alguno o representante legal. Asimismo, se dejo constancia de la inasistencia del ciudadano MIGUEL ALFONSO JOSE LORETO HERNANDEZ, titular de la cédula de identidad número V-9.9921.959, parte demandada.
Ahora bien, vista que la acción corresponde a la parte demandante, por ser esta la actora le corresponde la demostración de su interés legitimo procesal, y en virtud de la incomparecencia de la misma en el momento de celebrarse la prolongación de la audiencia preliminar, opera la falta de interés lo que produce los efectos jurídicos establecidos en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, en consecuencia, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Amazonas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA EL DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO, por inasistencia de la demandante a la celebración de la prolongación de la audiencia preliminar, quedando terminado el proceso y se ordena la remisión del presente asunto al archivo judicial, una vez que transcurran los lapsos procesales para que el actor ejerza los recursos a que hubiera lugar, y quede firme la presente decisión. Así se decide.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada en el copiador de sentencias que reposa ante este Juzgado.
Dada firmada y sellada en la sede del Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Amazonas, a los veintiún (21) días del mes de Febrero de dos mil diecisiete (2017) años 206° de la Independencia y 157° de la Federación.
LA JUEZA

ABG. RONIE SALAZAR
EL SECRETARIO

ABG. MANUEL FIORELLO
En esta misma fecha se publicó y se registró la presente sentencia.
EL SECRETARIO

ABG. MANUEL FIORELLO