Ahora bien, la representación del Ministerio Público, en base a lo que dispone el artículo 66 de la Ley Contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, ha solicitado que este Juzgado acuerde la Incautación Preventiva del vehículo tipo Sedan, marca Toyota, modelo Corolla, Año 2001, color Rojo, placas GBD-22H, serial de carrocería 8XA53AEB215006381, serial del motor 7AH898690, y que dicho bien sea puesto a la orden de la Oficina Nacional Antidrogas, por lo tanto, es imprescindible traer a colación lo estatuido en el referido artículo, cuyo contenido es el siguiente:
"Los bienes muebles o inmuebles, capitales, naves, aeronaves, vehículos automotores terrestres, semovientes, equipos, instrumentos y demás objetos que se emplearen en la comisión del delito investigado, así como aquellos bienes acerca de los cuales exista fundada sospecha de su procedencia delictiva previstos en esta Ley o de delitos conexos, (...) serán en todo caso incautados preventiv.....