rocede a dictar el pronunciamiento sobre la Audiencia referida, en los términos que se menciona a continuación: Se modifica la medida de privación de libertad tipificada en el articulo 628 Parágrafo Segundo, literal "a" de la Ley Orgánica para la Protección del niño y del Adolescente dictada al Adolescente ------------------- por la medida de SEMILIBERTAD establecida en el articulo 627 ejusdem la cual deberá cumplir en el centro de Diagnostico y Tratamiento Amazonas, de lunes a viernes de cada semana, en el horario comprendido desde las 0 7: 00 a 01 00 p.m el cual culminará el día l5 de Febrero de 2007,ello de conformidad a lo establecido en el articulo 647 literal "e" de la misma Ley Orgánica para la Protección del niño y del Adolescente.