Por todas estas razones, este Tribunal Unipersonal Segundo de Primera Instancia, en Función de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Amazonas, de conformidad con el artículo 367 del Código Orgánico Procesal penal, y 107 de la Ley Orgánica sobre el derecho de las mujeres a una vida libre de violencias, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, dicta los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Se declara CON LUGAR, la acusación interpuesta por la fiscalía Segunda del Ministerio Público, adherido por el querellante abogado MANUEL ALFREDO ESCOBAR QUINTO, contra el ciudadano, EFRÉN FRANCISCO ORTIZ ZAMORA, titular de la cédula de identidad Nº V-13.058.681, venezolano, natural del de esta ciudad de puerto Ayacucho, nacido el 17/09/1977, de 33 años de edad, TSU en Hotelería y Turismo, trabaja en el INCES Amazonas, en las oficinas de la urbanización monseñor segundo García, diagonal al IPASME, hijo de Efrén Ortiz (f) de .....