DISPOSITIVA
Por los argumentos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este Juzgado Primero en Función de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Amazonas, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECRETA: LA EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL EN LA CAUSA SEGUIDA A MARIO ENRIQUE OYARCE OLAVE, de nacionalidad chilena, titular de la cedula de identidad N° 82.062.992, nacionalizado venezolano y cédulado bajo el N° 25.734451, nacido en fecha 27-04-1963, hijo de Mario Oyarce y de Haydee Del carmen Vielma, fallecidos ambos, de 42 años de edad, de estado civil soltero, residenciado en Simón Rodríguez, calle principal, al final de la calle ciega, Puerto Ayacucho, Municipio Atures del Estado Amazonas, dio fiel y cabal cumplimiento a las obligaciones que este tribunal le impusiera en la oportunidad de decretar la Suspensión Condicional del Proceso, en consecuencia, se ha extinguido la acción penal y por ende con fundamento.....