Por todo lo expuesto anteriormente, este Juzgado Único de Primera Instancia en Función de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Amazonas, Administrando Justicia, en nombre de le República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite el siguiente pronunciamiento: Conforme a lo preceptuado en los artículos 5, 6, 13 y 14 de la Ley de Redención Judicial de la Pena por el Estudio y el Trabajo en concordancia con el artículo 508 del Código Orgánico Procesal Penal, SE REDIME LA PENA POR EL TRABAJO al penado LUIS ANTONIO FONSECA ORTIZ, titular de la Cédula de Ciudadanía Colombiana N° E-7452304, nacionalidad Colombiana, natural de Barranquilla Colombia, lugar donde nació el 13/06/1949, de 59 años de edad, de estado civil Divorciado, residenciado en Puerto Nariño, Departamento del Vichada, profesión u oficio Agricultor, Transporte de Alimentos y enseres, residenciado entre Puerto Nariño, Isla de Ratón y Puerto Ayacucho, hijo de Padres Carlos Arturo Fonseca (F), Rosaur.....