DECRETA EL SOBRESEMIENTO de la presente causa, seguida a los imputados: Antonio Jiménez, Francisco López y José Luis Martínez, por la presunta comisión del delito de Hurto Agravado, previsto y sancionado en el artículo 455 ordinal 3° del Código Penal, en perjuicio del ciudadano: Pedro Jsé Herrera, por haber operado la PRESCRIPCIÓN PENAL, de conformidad con lo establecido en el artículo 108 ordinal 4° del Código Penal, en concordancia con los artículos 48 ordinal 8°, 318 ordinal 3° y 323 del Código Orgánico Procesal Penal