Con fundamento en la motivación precedentemente expuesta, el Tribunal Primero de Primera Instancia en Penal, en función Control, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley dicta los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Se decreta Medida Privativa Judicial Preventiva de la Libertad, al ciudadano JOSÉ ADERCI ORTIZ HERRERA, titular de la Cédula de Identidad Nº 13.325.736, domiciliado en el Barrio Upata, calle ciega, casa sin número, color ladrillo, Municipio Atures, fecha de nacimiento 11/04/1974, de 34 años de edad, de nacionalidad venezolana, natural de Puerto Páez, estado Apure, profesión Motorista de la Primera Dama, de conformidad con los artículos 250, en sus tres numerales del Código Orgánico Procesal Penal. Líbrese Boleta de Encarcelación. por la presunta comisión del delito de Violencia Sexual, previsto y sancionado en el artículo 43 de la Ley Orgánica sobre los Derechos de las Mujeres a Una Vida Libre De Violencia, e.....