Este Tribunal, DECLARA esta actuación TÍTULO SUPLETORIO SUFICIENTE para asegurar Derechos Hereditarios en la Sucesión del causante: ANTONIO CORREA GUERRA, , quien fuera venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V.- 8.948.069, a favor de su concubina, VIRGINIA MARIBEL CASTILLO ESTEVEZ, su hijo (NOMBRE OMITIDO POR DISPOSICION DEL ARTÍCULO 65 DE LA LOPNA), quienes como tal concurrirán a la herencia dejada por el de cujus, dejando a salvo los derechos a terceros de acuerdo a lo establecido en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil.