Sobre la base de los criterios anteriormente expuestos este TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCION DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO AMAZONAS, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y POR AUTORIDAD DE LA LEY declara PRIMERO: CON LUGAR el SOBRESEIMIENTO, a solicitud del Ministerio Público, por cuanto la acción penal se ha extinguido en la investigación Nº 02-FS-733-02, (Nomenclatura del Ministerio Público) seguida al ciudadano LUIS ARISMENDI, (no identificado), por la presunta comisión del delito de VIOLENCIA PSICOLOGICA, previsto y sancionado en el artículo 20 de la Ley Sobre la Violencia Contra la Mujer y la Familia, vigente para el momento en que ocurrieron los hechos, en perjuicio del ciudadano: JOSE GREGORIO ARSIMENDI RIOBUENO, titular de la cédula de identidad Nº 8.791.338, de profesión ABOGADO, residenciado en la Av. Lomas Verdes detrás de Doña Ana, frente a la casa de la señora Irma Salas, de conformidad con.....