DECRETA EL SOBRESEIMIENTO de la presente causa, seguida a sujetos DESCONOCIDOS, por la presunta comisión del delito de HURTO CALIFICADO, previsto y sancionado en el artículo 455 ordinal 4° del Código Penal, en perjuicio de la ciudadana CLARA FELICIANA FERNÁNDEZ GAMEZ, POR HACERSE IMPOSIBLE APORTAR NUEVOS ELEMENTOS DE CONVICCIÓN A LA INVESTIGACIÓN de conformidad con lo establecido en los artículos 48 ordinal 8°, 318 ordinal 4° y 323 del Código Orgánico Procesal Penal.