este Tribunal Primero de Ejecución sección de Responsabilidad Penal del Adolescente del Circuito Judicial del Estado Amazonas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en los artículos 646 y 647, literales A y D, de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, en concordancia con el segundo aparte del artículo 482 del Código Orgánico Procesal Penal y 537 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, procede a reformar computo definitivo, bajo los siguientes términos:
1°) SANCIONADO: (IDENTIDAD OMITIDA), venezolano, natural de Puerto Ayacucho Estado Amazonas, nacido el 27-11-90, de 18 años de edad, estudiante y trabaja de obrero, residenciado por el Barrio Africa, detrás del cementerio, casa S/N, de esta ciudad de Puerto Ayacucho Estado Amazonas e hijo de Placido Ojeda (v) y María Braca (v), teléfono N° (0416) 747-82-72; sancionado por la comisión del d.....