esta Corte de Apelaciones actuando en Sede Penal, por todos los razonamientos anteriormente expuestos, esta Corte de Apelaciones, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR LA INHIBICIÓN planteada por la abogada Marilyn de Jesús Colmenares, Juez del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Penal con funciones de Juicio del Circuito Judicial del estado Amazonas, en el asunto Nº XP01-P-2005-000687, seguido a la ciudadana Francelina Camejo Mújica, por la presunta comisión de los delitos de Tráfico de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas en la Modalidad de Ocultamiento previsto y sancionado en el artículo 31 de la Ley Especial, y Ocultamiento de Arma de Fuego, previsto y sancionado en el artículo 277 del Código Penal, y en el que actúa como Defensora Privada de la acusada de autos, la abogada Kaly Barrios de Fernández.