Por los razonamientos de hecho y de derecho expuestos, este Tribunal, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y  por autoridad  de la  ley,  declara  con  lugar la demanda de rectificación de partida de matrimonio interpuesta en fecha 26 de julio de 2007 por el ciudadano YADHIR LONDOÑO LONDOÑO.