En consecuencia, y de acuerdo con lo establecido en el artículo 95 de la Ley Adjetiva Penal, se acuerda remitir cuaderno especial a la Corte de Apelaciones de este Circuito Judicial Penal, contentiva de las actuaciones concernientes, a los fines de que decida sobre la presente inhibición y se ordena oficiar a la Presidencia de este Circuito Judicial para que sea designado un Juez accidental para que conozca del presente asunto.
La Juez Segunda de Juicio;
Abg. Trina Ysabel Caraballo Bustos