Este Tribunal Único en Función de Ejecución para el Sistema de Responsabilidad Penal del Adolescente del Circuito Judicial Penal del estado Amazonas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Acuerda:
PRIMERO: Decretar la PRESCRIPCION de la sanción de "PRIVATIVA DE LIBERTAD", que le fue impuesta al joven adulto IDENTIDAD RESERVADA, venezolano, natural de Puerto Ayacucho estado Amazonas, de 24 años de edad, nacido en fecha 07-08-85, titular de la cédula de identidad N° RESERVADO, hijo de IDENTIDAD RESERVADA(v) y IDENTIDAD RESERVADA(v), residenciado en el RESERVADO, sector RESERVADO, Fundo RESERVADO, de esta ciudad de Puerto Ayacucho y en consecuencia se DECRETA LA CESACIÓN DE LA MEDIDA DE "PRIVATIVA DE LIBERTAD", en virtud de haber prescrito la sanción penal de conformidad con lo previsto en los artículos 616, 645 y 647 literal "h" todos de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.
SEGUNDO: Deja.....