DISPOSITIVA
Por todo lo anteriormente expuesto este Tribunal Segundo de Primera Instancia en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Amazonas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA: PRIMERO: No se califica la Aprehensión en Flagrancia del ciudadano JHONNY FEDERICO GAVIDIA, titular de la Cédula de Identidad N° 12.190.864, por la presunta comisión de los delitos de HOMICIDIO EN GRADO DE TENTATIVA de conformidad con el artículo 405 y 80 del Código Penal, ULTRAJE SIMPLE, previsto en el artículo 222 numeral 1 ejusdem, USO INDEBIDO DE ARMA, previsto y sancionado en el artículo 281, RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, previsto y sancionado en el artículo 218 numeral 3 ejusdem, en perjuicio de los ciudadanos Cesar Augusto Valencia Aristizabal y Eleuterio Valencia Aristizabal; por considerar que no se encuentran llenos los requisitos del artículo 248 del Código Orgánico Procesal Penal y visto que la víctima.....