Se Admite totalmente la acusación presentada por el Fiscal Quinto del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial, de conformidad con lo establecido en el artículo 579 literal "a" de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente.....Se mantienen las medidas cautelares dictadas en fecha 13 de Enero del año en curso, colocándose otras medidas cautelares complementarias.......Se ordena la apertura del juicio oral y privado y la orden de remitir las actuaciones al tribunal de juicio