Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Estado Amazonas, y administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, DECRETA: El Desistimiento del procedimiento por inasistencia del demandante en la oportunidad de la apertura de la audiencia preliminar, en consecuencia el proceso queda terminado, mediante la presente Sentencia. Se expiden tres (03) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto. Así se decide.