Por las razones antes expuestas, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Amazonas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: CON LUGAR la defensa de falta de cualidad alegada por la parte demandada firma personal TRANSPORTE FLUVIAL LA ROCA del ciudadano FABIO OROZCO ZAMBRANO. ASI SE DECIDE.
SEGUNDO: Se declara SIN LUGAR la demanda interpuesta por la ciudadana THAIS YORLEY MORENO VILLAMIZAR, venezolana, domiciliada en esta ciudad de Puerto Ayacucho, Municipio Atures del Estado Amazonas, Urbanización Simón Rodríguez Final Calle Principal diagonal a la Iglesia Juan de Dios, comerciante y titular de la cédula de identidad número V-13.854.831, contra la Firma Personal TRANSPORTE FLUVIAL LA ROCA del ciudadano FABIO OROZCO ZAMBRANO, ambos plenamente identificados. ASI SE DECIDE.
TERCERO: Por cuanto consta a los autos que la parte demandante.....