DISPOSITIVA:
PRIMERO: Admite totalmente la Acusación interpuesta por el Representante del Ministerio Público, en contra del referido adolescente, por la presunta Comisión del Delito de Violación, previsto en el articulo 375 del Código Penal.
SEGUNDO: Admite en su totalidad las pruebas aportadas y recogidas durante la investigación por el Representante del Ministerio Público para ser presentadas en el juicio Oral y Privado, de conformidad a lo establecido en el Artículo 198 del Código Orgánico Procesal Penal.
TERCERO: Admite en su totalidad las pruebas aportadas y recogidas durante la investigación por los defensores privados Abg. HUMBERTO URBINA y JESUS JAVIER HERNDEZ BOSSIO, para ser presentadas en el juicio Oral y Privado, de conformidad a lo establecido en el Artículo 198 del Código Orgánico Procesal Penal. CUARTO: De conformidad a lo establecido en el articulo 581 literales “a y c”, de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, en concordanc.....