DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos de hecho y de derecho antes expuestos, este JUZGADO PRIMERO DE JUICIO SECCIÓN DE ADOLESCENTES CONSTITUIDO EN TRIBUNAL UNIPERSONAL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO AMAZONAS, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, EMITE LOS SIGUIENTES PRONUNCIAMIENTOS:
PRIMERO: declara ABSUELTO al adolescente (IDENTIDAD OMITIDA) de la presunta comisión del delito de HURTO SIMPLE, previsto en el artículo 451 del Código Penal, en perjuicio de la ciudadana [...]. SEGUNDO: Se ordena el cese de las medidas cautelares impuestas al adolescente (IDENTIDAD OMITIDA) y en consecuencia su plena libertad, en virtud de lo cual se acuerda oficiar a la Primera Compañía del Destacamento de Fronteras Nº 94 del Comando Regional Nº 9 de la Guardia Nacional Bolivariana de Venezuela con sede en la Población de San Fernando de Atabapo; de conformidad a lo establecido en el artículo 602 Único Aparte, de la Ley Orgánica.....