Capitulo IV
DISPOSITIVA
Con base a los razonamientos anteriormente expuestos, esta Corte de Apelaciones en lo Penal, Civil, Mercantil, Tránsito, Menores y Tribunal Superior Contencioso Administrativo de la Región Amazonas de la Circunscripción Judicial del Estado Amazonas, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, Declara: PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta por el abogado MIGDONIO MAGNO BARROS, en su condición de Defensor del ciudadano PACHO ADAN GUTIERREZ, en contra del auto proferido por el Juzgado de Ejecución de Sentencias de este Circuito Judicial. SEGUNDO: Se CONFIRMA la decisión impugnada. Y así se decide.