En base a las razones de hecho y de derecho anteriormente expuestas, este Tribunal Segundo en Función de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Amazonas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara CON LUGAR la solicitud interpuesta por el Abogado JOSE HUMBERTO GELVES, en su condición de Defensor del acusado WILLIAMS GARCIA, titular de la Cédula de Identidad Nro. 12.628.759, en tal sentido Modifica el Régimen de presentaciones ante la Unidad de Alguacilazgo de cada Ocho (08) días a cada Quince (15) días, manteniéndose la Obligación de comunicar al Tribunal en caso de cambiar de domicilio y la Prohibición de Salida del estado Amazonas sin la autorización del tribunal. Notifíquese al acusado, a su defensor y a la Representación Fiscal.