Por todo lo antes expuesta esta Juzgadora, en sede constitucional, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara INADMISIBLE la presente Acción de Amparo Constitucional interpuesta por los Ahogados ERIC LORENZO PÉREZ SARMIENTO y MARIA JOSÉ CAMPOS ROMERO, ya identificados, actuando con el carácter de Apoderados Judiciales del ciudadano DAIZON HIGINIO BOSSIO CORREA, antes identificado, en contra de las ciudadanas NANCY LUCILA LUNA INFANTE y ADRIANA BEATRIZ ROBLES AGUILAR, en su carácter de Administradora y Jefa de Recursos Humanos, respectivamente, de la Unidad de Logística de la empresa CADAFE Zona 8