..." Por todos los argumentos antes explanados, este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO AMAZONAS, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, JUSTIFICATIVO DE PERPETUA MEMORIA (TÍTULO SUPLETORIO), de conformidad con lo previsto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, a favor de la ciudadana, CUBA CLEOTILDE HERNANDEZ EULATE, sobre las bienhechurías identificadas en la solicitud."...