DECISIÓN
Por las razones antes expuestas, esta Corte de Apelaciones Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: Su COMPETENCIA para conocer de la demanda por diferencia de prestaciones sociales e intereses de mora sobre el pago de prestaciones sociales, interpuesta por la ciudadana Acacia de la Trinidad Herrera Moreno, quien es mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 8.902.108, debidamente asistida por la abogada Amarfred Mercedes García Silva, Inscrita en el IPSA bajo el Nro.120.664, en contra de la Gobernación del estado Amazonas. SEGUNDO: Se ADMITE la referida demanda, por no ser contraria a Derecho, al Orden Público ni a las Buenas Costumbres; y por no constar en la demanda y recaudos presentados existencia de causal de inadmisibilidad, siguiéndose el procedimiento previsto en los artículos 98 y siguientes de la Ley del Estatuto de la Función Pública. TERCERO: Se ordena citar a la Procurador.....