Con fundamento a las consideraciones anteriormente expuestas, este JUZGADO UNICO DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIÓN DE EJECUCIÓN DE SENTENCIAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO AMAZONAS, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, visto que el penado de autos cumple a cabalidad todos y cada uno de los requisitos exigidos por el Legislador para la procedencia de la Medida Alternativa al cumplimiento de pena de Destacamento de Trabajo, tomando en consideración el tiempo cumplido a la fecha, es decir mas de un cuarto (1/4) de la pena impuesta, resulta procedente y ajustado a derecho, ACORDAR a favor de SERVULO NAPOLEÓN DE MELO, venezolano, natural de Puerto Ayacucho, Estado Amazonas, nacido en fecha 23 de noviembre del año 1.986, de 23 años de edad, titular de la cédula de identidad Nº-V-18.506.189de estado civil soltero, de profesión u oficio trabajados de construcción, residenciado en el barrio Pedro Camejo, Sector La.....