este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio y Transición del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Amazonas, de conformidad con lo establecido en el literal "e" del Parágrafo Primero del Artículo 466 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, acuerda PRORROGAR la Colocación Provisional solicitada en favor de la prenombrada niña, en el hogar de la ciudadana mencionada ut supra, por el lapso de tres (03) meses a partir de la presente fecha. Líbrese Constancia. Cúmplase lo ordenado.-
LA JUEZA,
ABG. MAGALY JOSEFINA CEBALLOS.
EL SECRETARIO
ABG. YORS E. ACUÑA.
En esta misma fecha, se le dio cumplimiento a lo ordenado en autos.
EL SECRETARIO
ABG. YORS E. ACUÑA.
Exp. Nº J1 ¿ 101
MJC/YEA/Yussely*