Por todas las razones de hecho y de derecho expuestas, este Tribunal Unipersonal Primero de Primera Instancia, en Función de Juicio del Circuito Judicial Penal del estado Amazonas, administrando justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, dicta los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: ABSUELVE al ciudadano OSWALDO ANTONIO RODRIGUEZ LUCES, titular de la cédula de identidad Nº 13.325.084, nacido el 13-06-1974, venezolano, casado, residenciado actualmente en la calle principal del barrio Triangulo de Guaicaipuro, diagonal al sector La lora, en la esquina casa de color blanco, de esta Ciudad de Puerto Ayacucho, de profesión u oficio soldador, de los cargos fiscales por la comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el articulo 458 del Código Penal Venezolano y el delito de HOMICIDIO INTENCIONAL, previsto y sancionado en el articulo 405 ejusdem. En perjuicio del hoy occiso JOSE TADEO HURTADO PAEZ. SEGUNDO: Por cuanto es.....