TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO AMAZONAS EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, emite los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: NIEGA la solicitud interpuesta por la Defensora Privada, Abg. EDITRA FRONTADO, en su carácter de defensora de los imputados de autos YENGLI YIFRED VARELA LEÓN, titular de la cédula de identidad N° 16.763.566, KARLA GUADALUPE PARGAS, de nacionalidad titular de la cédula de identidad N° 16.553.981, y YURIMAR SANCHEZ, de nacionalidad venezolana, titular de la cédula de identidad N° 17.251.443.
SEGUNDO: ACUERDA mantener la Privación Judicial Preventiva de Libertad de los imputados YENGLI YIFRED VARELA LEÓN, titular de la cédula de identidad N° 16.763.566, KARLA GUADALUPE PARGAS, de nacionalidad titular de la cédula de identidad N° 16.553.981, y YURIMAR SANCHEZ, de nacionalidad venezolana, titular de la cédula de identidad N° 17.251.443, a quien se le sigu.....