...DECISION
Por lo que resulta procedente, por ministerio del numeral primero (1°) del artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, declarar consumada la perención de la instancia en la presente causa por inactividad citatoria, en virtud, de haber transcurridos mas de treinta días a contar desde la fecha de admisión de la demanda, (sesenta y uno (61 días consecutivos) sin que el demandante haya cumplido con las obligaciones que le impone la ley para que sea practicada la intimación de la parte demandada y así se declara.
Capitulo V
DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos de hecho y de derecho explanados anteriormente, este Tribunal de los Municipios Atures y Autana de la Circunscripción Judicial del Estado Amazonas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, por potestad que emana de los ciudadanos y ciudadanas, y por autoridad de la Ley, declara: PERIMIDA LA INSTANCIA, iniciada en fecha 07 de Noviembre de 2.013, por la ciudadana HAYDEE MARGAR.....