Se,DECLARA CON LUGAR la solicitud de Obligación Alimentaría intentada por la ciudadana: CARMEN TERESA ESPAÑA ESPINOZA en su carácter de Fiscal Tercero del Ministerio Publico (SE), en materia Civil, Protección y Familia de esta Circunscripción Judicial del Estado Amazonas, en contra del ciudadano ALIS ALBERTO MARTINEZ LOPEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N°-V-8.766.574, a favor de la niña (Identidad Omitida), en consecuencia se Fija la cantidad de SEISCIENTO CATORCE MIL SETECIENTOS CINCUENTA BOLIVARES CON CERO CENTIMOS (Bs.614.750,00) mensuales la Obligación Alimentaría para el referido adolescente, lo cual equivale a un salario mínimo decretado por el Ejecutivo Nacional, que puede ajustarse automáticamente una vez que el obligado aumente su capacidad económica, según lo establece el articulo 369 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. Tal cantidad se fija tomando en consideración la Constancia de Trabajo que cursa en autos, así.....