DISPOSITIVA
En base a lo anteriormente expuesto este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCION DE CONTROL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO AMAZONAS, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR, la solicitud interpuesta por los Abg. Edita Frontado, solicitando a favor de su defendido JUN QUAN CHEN, titular de la cedula de identidad Nº E.- 82.295.046, mediante el cual requiere la revisión de la medida de privación judicial preventiva de libertad, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 264 del Código Orgánico Procesal Penal y en tal sentido decreta a favor del ciudadano JUN QUAN CHEN, titular de la cedula de identidad Nº E.- 82.295.046, las medidas cautelares sustitutivas previstas en los ordinales 3°, 4° y 8° del artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal. Cúmplase. Se fija la Audiencia para Fijar Fiadores para el día 15 de Mayo a las 10 a.m. ordénese Traslado del Imputado como las respectivas notifica.....