D I S P O S I T I V A:
Por todo lo expuesto anteriormente, este Juzgado de Primera Instancia en función de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Amazonas, Administrando Justicia, en nombre de le República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA: UNICO: OTORGA LA LIBERTAD PLENA al penado: : JESUS GREGORIO SAYAGO, titular de la cédula de identidad N° V. 13.223.207, de conformidad con lo establecido en el artículo 479 ordinal 1º del Código Orgánico Procesal Penal, en relación con el artículo 105 del Código Penal vigente para la fecha de comisión del delito; en virtud de haber cumplido con la pena principal, que le fuera impuesta en fecha 12-05-1999, por el extinto Juzgado Accidental Superior Penal del Estado Amazonas (f. 474, p. II); a cumplir la pena de 13 años de Prisión, por la comisión del delito de COOPERADOR INMEDIATO EN EL DELITO DE HOMICIDIO INTENCIONAL, previsto y sancionado en los artículos 407 y 83 del Código Penal del Código Penal vigente par.....