En base a las razones de hecho y de derecho anteriormente expuestas, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Penal en Función de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Amazonas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara SIN LUGAR la solicitud interpuesta por la Abogado AZALIA LUGO, en su condición de Defensora Pública Segunda Penal Suplente de los acusados JOSE ISAIAS PONARE CUYARE y ANIBAL MANUEL CUYARE CUYARE, a quien el Ministerio Público acusa por la presunta comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 458 del Código Penal y PORTE ILICITO DE ARMA BLANCA, previsto y sancionado en el articulo 277 ejusdem en concordancia con el artículo 276 del referido Código, en el sentido que revisada la medida de privación judicial preventiva de libertad dictada por el Tribunal Tercero de Primera Instancia en Funciones de Control Circunscripcional en fecha 02 de Junio de 2007, y s.....