Por consiguiente este operador judicial observa que en fecha 07 de junio del año 2007, esta sala de juicio dicto el Auto Para Mejor Proveer, en el cual quedo a la espera de que la parte accionante consignará la libreta de ahorros a nombre de la beneficiaria, a los fines de realizar un informe contable para proveer lo conducente en la presente causa, de lo cual se desprende que dicho auto tiene por objeto determinar con claridad y certeza lo alegado por las partes tanto en la introducción en la demanda como en la contestación de la misma, en tal sentido esta Sala de Juicio acuerda, de conformidad con el articulo 12 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con los artículos 8 y 450 de la ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, ordinales a), j) y k), notificar a la ciudadana GRETTY HEIDI VELAZQUEZ INFANTE, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 15.618.917, a los fines de que consigne, dentro del lapso de tres (03) días de despacho sig.....