SE ORDENA RATIFICAR LA ORDEN DE CAPTURA, de fecha 06 de Marzo del año 2.006, donde se solicita la captura y traslado al Centro de Atención Inmediata (C.D.T) Amazonas, con las seguridades que el caso amerita, al Ciudadano: -----------------------------------------, para continuar con la fase intermedia del proceso penal que se le sigue y según los datos de identificación señaló ser: --------------------------- por la comisión del delito de: ROBO BAJO LA MODALIDAD DE ARREBATON, previsto y sancionado en el artículo 458, único aparte del Código Penal, ahora 456 primer aparte ejusdem, en agravio de la ciudadana: MARIA AUXILIADORA CURVELO, ..................... presente decisión tiene su fundamento legal en lo establecido en el artículo 44 ordinal 1° de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, 617 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente y el artículo 5 del Código Orgánico Procesal Penal