TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO AMAZONAS EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, emite el siguiente pronunciamiento: ORDENA LA CAPTURA de la ciudadana NORALBA GRANJA HERRERA, titular de la Cedula de Ciudadanía Nº 43.480.339, de nacionalidad Colombiana, natural del Municipio San Pedro de Uraba, de 30 años de edad, residenciada en Puerto Inirida Departamento del Guainia de la Republica de Colombia, en virtud que a la misma le fue otorgado la Suspensión Condicional Del Proceso por un lapso de SIETE (07) MESES, dicho lapso ya se cumplió y hasta la presente fecha ha sido imposible la localización del acusado a los fines de celebrar la audiencia que contrae el artículo 45 del Código Orgánico Procesal Penal.
Publíquese, regístrese, y déjese copia de la presente sentencia interlocutoria.