IV
DISPOSITIVA
Por los razonamientos de hecho y de derecho explanados, este Tribunal Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Amazonas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara sin lugar el recurso de apelación interpuesto, en fecha 25 de abril de 2.008, por el abogado OMAR ANTONIO ESPAÑA, titular de la cédula de identidad número V.-1.564.996, e inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 116.895, en su carácter de apoderado judicial de la ciudadana MARÍA AMYOLINA CELIS, quien es titular de la cédula de identidad número V.-5.329.402, parte demandante en el presente juicio, actividad recursiva ejercida en contra de la decisión dictada en fecha 23 de abril de 2.008 por el Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Amazonas, mediante la cual declaró la prescripción de la acción y sin lugar la demanda.
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