Esta Corte de Apelaciones del Estado Amazonas RESUELVE devolver el presente asunto al Tribunal Segundo de Primera Instancia Penal con Funciones de Control, en virtud de lo establecido por la Disposición Derogatoria Única de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia con los artículos 26, 27 y 257 ejusdem. Remítase el presente asunto al tribunal de origen