Declara CON LUGAR la solicitud de Divorcio presentada por los ciudadanos: CONNIE MORELA GONZALEZ y JUAN YAVINAPE YUAVI, venezolanos, mayores de edad, cónyuges entre si, y titulares de las cédulas de identidad Nros.- V.- 8.947.101 y 8.947.242, en consecuencia queda disuelto el vinculo conyugal que contrajeron en fecha 11 de Diciembre del año 1.992, por ante la Prefectura del Departamento Atures, del Territorio Federal Amazonas, hoy Registro Civil del Municipio Autónomo Atures del Estado Amazonas y anotado bajo el Nº 239 en los libros de Registro Civil de Matrimonios llevados por ese registro. Expídanse las copias que las partes soliciten. Por consiguiente queda disuelta la Comunidad Conyugal.-